Proyecto para una amplia moratoria impositiva

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Estos son los aspectos mas relevantes donde se busca beneficiar a empresas y personas jurídicas y humanas que tengan deudas impositivas hasta el 30 de Junio inclusive

Entre las principales características, amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

La primera cuota vencerá el próximo 16 de noviembre y “dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 ó 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras”.

“Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social”, detalló Presidencia en un comunicado.

Los deudores podrán acceder a la condonación parcial de intereses y total de multas y “la tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa)”.

Se permite “utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar)”.

También establece “condiciones para las empresas de mayor tamaño y durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas”.

TELAM

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